01

De los antecedentes a las tareas.

La pericia estudia qué dificultades constan y cómo se relacionan con las funciones laborales. El análisis puede examinar atención, organización, interacción, adaptación y continuidad, cuando esos aspectos estén documentados y formen parte del objeto.

El nombre de un diagnóstico no sustituye el estudio funcional. La documentación asistencial se analiza como antecedente de sus autores, sin emitir diagnósticos nuevos.

02

Evolución, tratamiento documentado y funcionamiento.

Se ordenan los periodos de evolución y las limitaciones descritas. También pueden revisarse los efectos funcionales de tratamientos ya documentados cuando sean relevantes para la cuestión pericial.

Se diferencian la información sobre la ocupación habitual y las preguntas más amplias sobre capacidad laboral que se hayan planteado. No se presume un grado de incapacidad a partir de una etiqueta.

03

Aportación al expediente.

El dictamen relaciona cada consideración funcional con las fuentes y con las exigencias estudiadas. Puede revisar otros informes y explicar las discrepancias técnicas.

El reconocimiento y grado de incapacidad corresponden a la entidad u órgano competente. Nuestro trabajo es pericial y no consiste en tramitar bajas, altas, prescribir o prestar asistencia sanitaria.

Una pregunta frecuente.

¿Garantiza el informe una incapacidad permanente absoluta?

No. El informe fundamenta la valoración funcional que permitan los datos. El reconocimiento y grado corresponden al órgano competente.